Ciencias de las Religiones

Doctorado. Curso 2024/2025.

Requisitos de titulación o formación previa específica

 

Criterios de Admisión

 

ACCESO Y ADMISIÓN DE ESTUDIANTES

Sistemas de información previos

Los requisitos de acceso se ajustarán a la legislación general vigente y a las normas específicas establecidas por la UCM para el acceso a los estudios de Doctorado.

 Toda la información que contiene las normas de acceso para cada tipo de estudiante está disponible en la página web de la Universidad Complutense de Madrid, que permite además descargar on-line los formularios necesarios para todo el procecso de inscripción y matrícula

www.ucm.es/estudios/Doctorado(http://www.ucm.es/?a=documentos&d=0020167).

En la misma  página web están detallados los distintos programas que ofrece la UCM, con la información básica de los mismos y en su caso un enlace a la página web del Centro que ofrece cada doctorado.

Las condiciones específicas para el acceso al Doctorado en Ciencias de las Religiones, así como la descripción de las líneas de investigación, perfiles científicos del Programa y toda la información necesaria sobre el mismo está detallada y accesible en la página web del Instituto de Ciencias de las Religiones, a la que se accede además a través de enlaces en la página de la UCM y de las Facultades asociadas al Programa.

http://www.ucm.es/info/iucr/pages/webs/comienzo.htm

Además de la difusión a través de la página web de la UCM, tal como se viene ya haciendo, la información del Doctorado en Ciencias de las Religiones se difunde a ámbitos científicos y profesionales interesados, remitiendo información a la Sociedad Española de Ciencias de las Religiones, que además de difundirla entre sus propios socios la remite al ámbito internacional a través de las federaciones europea (EASR) e internacional (IAHR) de sociedades científicas de Ciencias de las Religiones de las que es miembro. Este canal de información es muy efectivo, ya que llega a todas las universidades, centros y grupos de investigación que mantienen actividad en este campo.

Asimismo se envía anualmente la información sobre esta oferta de estudios al Colegio Oficial de Doctores y Licenciados del estado español, y a diversas instituciones y ONGs vinculadas a actividades de cooperación y mediación social, y a las demás Universidades del estado Español y de otros países con las que mantenemos más estrecha o directa relación

 

Requisitos de acceso a los estudios de Doctorado

 

Requisitos de acceso

Los requisitos de acceso son los previstos en el RD 99/2011, de 28 de enero (BOE 10/02/2011), por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, así como en la normativa de desarrollo de dicho RD aprobada por la Universidad Complutense de Madrid.

Esta normativa de acceso está disponible en la siguiente dirección:

www.ucm.es/normativa

La información sobre los procedimientos de admisión y matrícula en el Doctorado, así como los formularios necesarios para la misma, en la UCM están disponibles el siguiente enlace:

http://www.ucm.es/pags.php?tp=Admisión%20y%20matrícula&a=documentos&d=0020171.php

 

Sistemas y procedimientos de admisión adaptados a estudiantes con necesidades educativas especiales derivadas de la discapacidad

 

En el Programa de Acogida y Orientación de la UCM se contemplan actuaciones específicas para estudiantes con necesidades educativas especiales. Entre ellas destacan: entrevista individual y personalizada, información sobre puntos de accesibilidad para minusválidos, puestos adaptados por la ONCE para personas con discapacidad visual, biblioteca adaptada para personas con discapacidad, sistemas de apoyo humano para desplazamientos y posibilidades para adaptar el material de estudio a las condiciones de los estudiantes con este tipo de necesidades.

Asimismo  las instalaciones de las Facultades de Filología y de Geografía e Historia de la Universidad Complutense están adaptadas para su utilización por las personas con discapacidad, existen aulas adaptadas para la accesibilidad de las personas con problemas de movilidad, garantizando que puedan cursar sus estudios en todos los cursos del plan de estudios. Desde los respectivos decanatos se arbitran las medidas pertinentes para que todo estudiante con algún tipo de discapacidad pueda seguir sus estudios en uno u otro Centro.

En todo caso, se observan los criterios de accesibilidad universal y diseño para todos, según lo dispuesto en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

 

Criterios de admisión

 

La admisión en el Programa de Doctorado será competencia de la Comisión Académica del mismo, la cual estará constituida por el Coordinador del Programa de Doctorado, nombrado a propuesta del consejo del Instituto, y por un máximo de cuatro profesores, vinculados al programa de Doctorado y miembros del instituto Universitario de Ciencias de las religiones y nombrados por el Consejo delInstituto Universitario.

Perfiles de acceso

El Programa de Doctorado va dirigido principalmente a estudiantes con Licenciatura o Grado en el campo de las Humanidades o las Ciencias Sociales, que hayan obtenido formación de posgrado (nivel de máster o doctorado) en el campo de los estudios sobre religión y religiones, desde alguna de las aproximaciones metodológicas del Programa (cf. apartado 6.1.). Excepcionalmente podrán acceder al doctorado estudiantes con titulaciónes de grado y máster del ámbito de las Ciencias experimentales y de las Ciencias de la Salud, siempre que su solicitud esté fundadamente justificada y su  propuesta sea coherente con los objetivos del Programa

- Perfil 1 (recomendado): Estudiantes con formación específica en el campo de las Ciencias de las Religiones.  Habida cuenta de que el Programa de estructura como continuación del Máster en Ciencias de las Religiones, se dará preferencia a los estudiantes que hayan realizado dicho Máster o equivalente.

- Perfil 2: Estudiantes sin formación específica en estudios de Ciencias de las religiones, pero con formación en campos afines (Humanidades o CC sociales) o experiencia teórica o práctica acreditable en el campo de las religiones.

Su admisión, de acuerdo con el criterio de la Comisión Académica previa valoración de su adecuación y méritos, podrá estar condicionada a la realización de los complementos de formación señalados en el punto 3.4.

Perfil 3: Estudiantes sin formación específica en Ciencias de las Religiones ni en campos afines, ni experiencia teórica o práctica en este campo, que presenten una justificación adecuada y una propuesta de investigación coherente con los objetivos del Programa.

Su admisión, de acuerdo con el criterio de la Comisión Académica previa valoración de su adecuación y méritos, podrá estar condicionada a la realización de los complementos de formación señalados en el punto 3.4.

 

Valoración de méritos:

Para la selección de los estudiantes preinscritos en el programa de Doctorado en Ciencias de las Religiones se seguirán los principios de objetividad, imparcialidad, mérito y capacidad, y se tendrán en cuenta los criterios siguientes:

0. Prerequisito: Los alumnos que no sean hablantes nativos de español deberán acreditar un nivel de lengua española equivalente al C1 del portfolio europeo.

1. Formación académica específica en el campo de las Ciencias de las Religiones: hasta un máximo de 60 puntos.

2. Formación académica afín a las líneas metodológicas y de investigación del Doctorado en Ciencias de las Religiones, que permitan garantizar la incorporación a la investigación en este campo, o experiencia profesional o investigadora en el campo de las Ciencias de las Religiones:  hasta un máximo de 20 p.

3. Conocimiento de lenguas modernas de uso científico, nivel B2 y superiores: hasta un máximo de 10 p.

4. Otros méritos académicos y profesionales: hasta un máximo de 10 p.

Una vez aplicado el baremo, la Comisión Académica, en los casos que estime que es necesario, podrá convocar a los solicitantes a una entrevista personal, con el fin de aclarar extremos dudosos del curriculum o de contrastar datos aducidos en el mismo. Esta convocatoria no es preceptiva y tendrá en todo caso carácter excepcional.

La aplicación del baremo y la consiguiente decisión sobre la admisión de los solicitantes será responsabilidad de la Comisión Académica del Programa de Doctorado.

En cualquier caso, la admisión y selección quedará restringida a los números de entrada fijados para el Programa de Doctorado, dentro del marco que se determine en las disposiciones al respecto de orden superior.

El baremo propuesto se aplicará de forma igualitaria a todos los estudiantes que soliciten plaza en el Doctorado, tanto a los estudiantes que soliciten plaza a tiempo completo como a tiempo parcial. Las plazas se adjudicarán de acuerdo con los cupos establecidos en la convocatoria, hasta agotar la totalidad de las plazas ofrecidas.

Si una vez iniciados los estudios de Doctorado, un estudiante desea cambiar la modalidad de su incorporación deberá solicitarlo a la Comisión Académica del Doctorado, explicando y justificando las razones que le llevan a pedirlo, junto con el informa de su tutor y/o el director del su Tesis Doctoral. El cambio lo decidirá la Comisión Académica, tras evaluar la solicitud y los informes, y no incidirá en la proporción de plazas de la siguiente convocatoria.